La transgresión de la buena fe y el abuso de confianza en el desempeño del trabajo se consideran incumplimientos contractuales.
La transgresión de la buena fe contractual es causa genérica de todo despido, hace referencia al incumplimiento de las naturales obligaciones de fidelidad, diligencia y lealtad, obligaciones exigibles para el buen orden laboral y de los intereses de la empresa. También puede ser causa de despido que la deslealtad o el abuso de confianza afecte a terceros como clientes o usuarios del servicio, ya que ocasiona un desprestigio en la imagen en la empresa dónde trabaje.
Son manifestaciones de la buena fe contractual:
- El fraude o engaño malicioso que produce o prepara un daño a la empresa.
- La deslealtad o incumplimiento consciente y malicioso del deber de la fidelidad.
- Abuso de confianza o uso exclusivo de la desconfianza depositada en el trabajador.
- La negligencia o falta inexcusable de la diligencia debida o exigible.
- La apropiación de fondos o materiales de la empresa, particularmente cuando se está obligado a su custodia, independientemente de la cuantía de su valor.
- La realización de trabajos sin autorización por cuenta propia o por cuenta ajena en la misma rama de actividad de la empresa aunque el perjuicio no llegue a consumarse.
- La realización de trabajos por cuenta ajena o propia, lucrativos o no, durante la incapacidad temporal, máxime si perjudica el proceso curativo.
- La solicitud de permiso para una finalidad concreta que después resulta no ser cierta.
- La manifestación falsa de título profesional exigible.
- Los daños materiales por imprudencia.
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